
Los acreedores afectados por el impago de los laudos derivados del recorte retroactivo de las primas a las energías renovables han certificado la toma de posesión efectiva del inmueble que alberga la sede del Instituto Cervantes en Utrecht (Países Bajos), en ejecución de las resoluciones dictadas por la justicia neerlandesa dentro del procedimiento de embargo promovido para satisfacer las cantidades adeudadas por el gobierno de España.
Representantes legales de los acreedores se han personado en el inmueble para formalizar los trámites asociados a la ejecución decretada por los tribunales holandeses, dando así un nuevo paso en el proceso de recuperación de activos, que ha sido impulsado ante el reiterado incumplimiento de las obligaciones de pago reconocidas en múltiples resoluciones arbitrales y judiciales internacionales.
La legislación neerlandesa contempla mecanismos especialmente eficaces para la ejecución de créditos reconocidos judicialmente. En este marco, los tribunales pueden otorgar amplias facultades a los representantes encargados de la ejecución, permitiendo la toma de control efectiva de los bienes embargados y facilitando, en su caso, su posterior venta para satisfacer las cantidades adeudadas.
rechace la petición presentada por España para revisar las sentencias que reconocen aproximadamente 700 millones de dólares en créditos a favor de distintos acreedores. De confirmarse esta posición, quedarían definitivamente consolidadas varias resoluciones favorables a los inversores en territorio norteamericano.
Asimismo, los acreedores han obtenido importantes victorias judiciales en el Reino Unido, Australia y Singapur, donde los tribunales han reafirmado la obligación de España de cumplir con los laudos arbitrales internacionales. En Bélgica, por su parte, permanecen consignados aproximadamente 250 millones de euros en cuentas judiciales vinculadas a procedimientos de ejecución actualmente en curso.
Los inversores recuerdan que el importe total pendiente de pago supera los 2.315 millones de euros y advierten de que las acciones de recuperación de activos continuarán desarrollándose en aquellas jurisdicciones donde existan mecanismos eficaces para garantizar el cumplimiento de las resoluciones internacionales firmes.
